ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA
EMPRESA
Organización
administrativa
Se
describe como una organización democrática, donde cada asociado tiene
incidencia en la toma de decisiones e igualdad de oportunidades. La Asamblea de
Asociados es la máxima autoridad, elige al Consejo de Administración, Junta de
Vigilancia y Revisor Fiscal. A su vez el Consejo nombra al Gerente General,
quien es el Representante Legal de La Cooperativa. El Comité de Educación
también es nombrado por el Consejo de Administración, realiza programas en
beneficio de los asociados. Los Comités de Educación Regionales. Son
multiplicadores de tecnología y el enlace entre el Comité de Educación Externo
y las divisiones Operativa, Técnica y Administrativa y la Gerencia General.
Relaciones
internas y toma de decisiones
Para
entender las relaciones internas vamos a partir del Organigrama de la
Cooperativa COLANTA
A partir
del mismo, y consagrado en el Artículo 28 de los estatutos se ve que
las instancias de decisión, dirección y administración de La Cooperativa
estarán a cargo de:
Asamblea general
Reunión
de asociados o delegados; con reuniones ordinarias los primeros 3 meses
del año. Para definir los delegados los estatutos contemplan: “Por cada cien
(100) Asociados, se elegirá un delegado. Los miembros del Consejo de
Administración, Junta de Vigilancia, Comité de Educación Central y Comités
Municipales y/o Regionales, asistirán por derecho propio con voz y
voto”(artículo 31). Como funciones más importantes de las Asamblea figuran:
Establecer las políticas y directrices generales de La Cooperativa,
Examinar los informes de los órganos de administración y vigilancia,
Examinar, modificar, aprobar o improbar las cuentas, el balance y
el proyecto de Distribución de excedentes cooperativos, Elegir entre los
asociados, los miembros del Consejo de Administración, la Junta de Vigilancia,
Elegir el Revisor Fiscal y fijarle sus honorarios y Resolver con la
mayoría de las dos terceras (2/3) partes de los votos presentes, la disolución,
fusión, incorporación y reforma de los Estatutos de La Cooperativa; entre
otros.
Consejo de administración
El
Consejo de Administración estará integrado por Asociados hábiles en número de cinco
(5), los cuales serán elegidos por la Asamblea General con sus respectivos
suplentes numéricos para períodos de dos (2) años, con renovación parcial,
pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Para lograr una adecuada continuidad
en el funcionamiento de La Cooperativa, deberán ser reelegidos por lo menos
cinco (5) de sus miembros, de los cuales tres (3) como mínimo deberán ser
principales. Las principales funciones del Consejo de Administración son: Expedir
y aprobar su propio Reglamento, Aprobar el presupuesto, Fijar las
políticas sobre sistemas de trabajo y división del mismo, Nombrar al Gerente y
al Subgerente o suplente, entre otras.
Gerencia
El
gerente será el Representante Legal de La Cooperativa y el ejecutor de las
disposiciones y acuerdos del Consejo de Administración. Será elegido por
el Consejo de Administración para períodos de dos (2) años, sin perjuicio de
que pueda ser reelegido o removido libremente en cualquier tiempo por el
Consejo.
Relaciones
con el entorno
La
empresa tiene una ventaja que la convierte en una fuerte rival para las
empresas del sector; la legislación en virtud de ser una
cooperativa la exime de que pagar impuesto y así la cooperativa
puede maximizar sus utilidades e invertir más en producción.
Otra
ventaja que tiene Colanta con respecto al sector es la diferencia
positiva que tiene la empresa con relación a las ventas, es una
organización democrática, donde cada asociado tiene incidencia en la toma de
decisiones e igualdad de oportunidades.
La ética
empresarial es la actuación autorregulada de las organizaciones, orientada a la
responsabilidad de sus acciones, mediante el conjunto de principios y valores
que se constituyan en carta de navegación de las acciones cotidianas y de
la toma de decisiones
Las
autoridades de control identifican la naturaleza cooperativa y control interno
de la misma
Las
autoridades de control tales como la contraloría general de la nación, la DIAN,
la súper intendencia de alimento, es la única empresa lechera del país
a la que le ha sido otorgada la Cruz de Boyacá, máximo reconocimiento de la
Presidencia de la República de Colombia.
Según el
artículo 77 de los estatutos, la vigilancia de La Cooperativa estará a cargo
de: Junta de Vigilancia y Revisor Fiscal.
junta de
vigilancia
La Junta
de Vigilancia estará integrada por tres (3) Asociados con sus suplentes
numéricos, elegidos por la Asamblea General para un período de dos (2) años,
sesionará ordinariamente una vez al mes, la concurrencia de dos (2) miembros
principales de la Junta de Vigilancia, hará quórum para deliberar y adoptar
decisiones válidas. Sus funciones principales son: Darse su propio Reglamento,
Hacer llamadas de atención a los Asociados cuando incumplan los deberes,
Velar porque los actos de los órganos de administración se ajusten a las
prescripciones legales, estatutarias, reglamentarias y en especial a los
principios cooperativos e Informar a los órganos de administración, al
Revisor Fiscal y a la Superintendencia de la Economía Solidaria, sobre las
irregularidades que existan en el funcionamiento de La Cooperativa, entre
otras.
Revisoría
fiscal y contable
La
Revisoría Fiscal y contable estará a cargo de una empresa experta en Revisoría
Fiscal, con experiencia frente a empresas cooperativas, elegida por la Asamblea
General por mayoría absoluta, para un período igual al del Consejo de
Administración, sin perjuicio de que pueda ser removida por la Asamblea. El
Revisor Fiscal debe ser Contador Público y no puede ser Asociado de La
Cooperativa.
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